Sindicatos de Escondida recurren a tribunal por proyecto Laguna Seca
Las acciones judiciales cuestionan la calificación ambiental favorable del proyecto y apuntan a la aplicación de normas de calidad del aire en campamentos mineros. Dos sindicatos vinculados a...
- Las acciones judiciales cuestionan la calificación ambiental favorable del proyecto y apuntan a la aplicación de normas de calidad del aire en campamentos mineros.
Dos sindicatos vinculados a Minera Escondida, operación controlada por BHP, recurrieron ante el Primer Tribunal Ambiental para impugnar la aprobación ambiental del proyecto “Modificaciones Operacionales en Planta Concentradora Laguna Seca y Nueva Línea Eléctrica Asociada, al Interior de Minera Escondida”.
Se trata de dos reclamaciones judiciales presentadas por el Sindicato N°1 de Trabajadores de Minera Escondida Ltda. y por el Sindicato Interempresa de Trabajadores de Servicios, Minería y Otros de Antofagasta, en contra de la resolución del Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) que rechazó las reclamaciones administrativas interpuestas respecto de la calificación favorable del proyecto.
Las acciones buscan que el tribunal anule la resolución reclamada y, como consecuencia, deje sin efecto la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable otorgada al proyecto. Según los escritos, la evaluación ambiental no habría considerado adecuadamente las observaciones formuladas durante el proceso de participación ciudadana, principalmente en materias vinculadas con calidad del aire, material particulado PM10 y riesgo para la salud de trabajadores que utilizan campamentos mineros durante sus ciclos de descanso.
Uno de los argumentos centrales de las reclamaciones apunta a la supuesta falta de aplicación de las normas primarias de calidad ambiental del aire en campamentos mineros. Los sindicatos sostienen que el criterio aplicado excluiría parte del territorio nacional y a determinadas personas de la protección de esas normas, pese a que los campamentos formarían parte del área de influencia del proyecto.
Los reclamantes también señalan que el titular no habría acompañado los antecedentes necesarios para justificar la inexistencia de los efectos, características o circunstancias contemplados en el artículo 11 de la Ley N°19.300, en particular aquellos relacionados con riesgo para la salud de la población. A juicio de las organizaciones, dichos antecedentes tampoco habrían sido requeridos suficientemente por la autoridad durante el procedimiento de evaluación ambiental.
El Primer Tribunal Ambiental admitió a tramitación ambas reclamaciones y ordenó su acumulación. Además, solicitó un informe a la Dirección Ejecutiva del SEA para que explique los fundamentos de su decisión y remita los antecedentes del procedimiento administrativo correspondiente.
El proyecto tiene por objeto optimizar las operaciones actuales del Conjunto Planta Concentradora Laguna Seca, en un contexto de disminución proyectada en la producción de cobre asociada a la reducción de las leyes del mineral y al aumento de su dureza.
De acuerdo con los antecedentes del proyecto, las modificaciones buscan mantener las capacidades de operación previamente autorizadas mediante adecuaciones de diseño e ingeniería. Las obras se desarrollarían dentro de un límite operacional que comprende desde la correa overland existente, proveniente del chancado primario, hasta los espesadores de relaves y de concentrado actualmente en operación.
La iniciativa considera una vida útil estimada de 25,5 años y una inversión aproximada de US$2.351 millones. Mientras se tramita la reclamación judicial, el fondo del conflicto será revisado por el tribunal conforme al procedimiento establecido para este tipo de controversias ambientales.



