• El Primer Tribunal Ambiental inspeccionó en terreno el avance de las medidas de reparación ambiental en el sitio 92-A de Zofri, en Iquique.

Hasta el sitio 92-A de la Zona Franca de Iquique S.A. (Zofri) llegó el equipo del Primer Tribunal Ambiental para verificar en terreno el avance en la ejecución de las medidas de reparación ambiental ordenadas tras el daño provocado por la ex central termoeléctrica Diésel Iquique, ubicada en la capital regional de Tarapacá.

La diligencia permitió recorrer dos sectores clave del recinto: el área de almacenamiento de combustibles y la sala de máquinas y turbinas. En ambos puntos se constataron avances en las obras de desmantelamiento y demolición, acciones que forman parte de las nueve medidas impuestas por sentencia judicial.

“El objetivo fue verificar el progreso de los trabajos de desmantelamiento que fueron ordenados por la sentencia dictada por el tribunal”, explicó el ministro presidente del Primer Tribunal Ambiental, Alamiro Alfaro Zepeda, tras la inspección.

La visita fue encabezada por el ministro presidente junto al equipo interdisciplinario del tribunal y contó con la participación de representantes de Zofri y Engie Energía Chile S.A., empresa condenada a ejecutar las acciones de reparación.

En el fallo, el tribunal acogió la demanda presentada por Zofri y declaró que Engie Energía Chile S.A. ocasionó daño ambiental, vinculado a la afectación de los componentes suelo y aguas subterráneas producto de la operación de la central Diésel Iquique.

Respecto del suelo, se acreditó contaminación por hidrocarburos (HC) y hidrocarburos aromáticos policíclicos (HAPs) que superaron normas de referencia internacionales, en una superficie de 1,287 hectáreas, generando riesgos de inflamabilidad y toxicidad. En cuanto a las aguas subterráneas, se constató una afectación significativa por altas concentraciones de HC fijos, aceites, grasas y HAPs cancerígenos, asociadas a la conexión entre el acuífero y el subterráneo inundado de la sala de máquinas, además de la infiltración desde suelos permeables contaminados.

La sentencia estableció acciones diferenciadas por áreas. Para la sala de máquinas (Sitio Uno), se ordenó impermeabilizar el subterráneo, extraer la totalidad de las aguas estancadas y desmantelar maquinarias y tuberías. En la zona de almacenamiento de combustibles (Sitio Dos), se instruyó retirar toda la infraestructura asociada, debiendo presentar un programa de trabajo en un plazo de 30 días.

Para la superficie total del recinto (Sitio Tres), el tribunal ordenó la elaboración de un Plan de Remediación orientado a la descontaminación de suelos y aguas, el cual deberá ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) en un plazo de seis meses, con el objetivo de remediar el 100% del sitio dentro de un año desde su aprobación.

Seguimiento y próximos pasos

La inspección se enmarca en la etapa de ejecución forzada de la sentencia dictada en agosto de 2024, en la causa D-17-2022. Ahora, el tribunal analizará los antecedentes presentados por las partes y los recabados en terreno para definir la forma en que se asegurará el cumplimiento efectivo de las medidas ordenadas.

“Para el tribunal es fundamental hacer seguimiento al cumplimiento de las sentencias y conciliaciones, para verificar que las medidas de reparación ambiental se implementen de manera efectiva”, subrayó el ministro presidente Alamiro Alfaro.

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